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La Profesión y la Tecnología

Los abogados no se pierden, se transforman

En más de 20 años de ejercicio profesional en cuestiones comerciales, con un interés particular en temáticas vinculadas a las tecnologías de la información, fui testigo y partícipe del impacto de la tecnología en los negocios y en la profesión de abogado. Como parte de la última generación analógica, me adapté a la novedad de las computadoras e internet. En mi primera experiencia profesional en un estudio de abogados, siendo todavía estudiante, aún utilizaba máquinas de escribir eléctricas (si bien reservadas para la emisión de láminas de acciones, pero allí estaba el último modelo de los dinosaurios mecánicos).

Ya como abogado participé de la llamada burbuja de internet en los años 2000, su explosión y resurgimiento; vi cómo se superaba la tensión del negocio del “mundo real” versus el “negocio virtual” y su evolución hasta la actual economía digital, globalizada. Para comprender la magnitud de lo ocurrido, es suficiente comparar el listado de las compañías líderes globales de los años 2000 con las que hoy representan el selecto grupo de mayor valor de mercado a escala mundial (sin ladrillos a la vista).

Si bien el mundo ha cambiado desde mis inicios profesionales, no vivencié cambios sustanciales en el ejercicio de la profesión. No obstante, los cambios no se detienen; se aceleran en forma exponencial y se radicalizan. No me refiero a la velocidad de los cambios normativos, que es parte de nuestro ejercicio habitual (un ejemplo de innovación incremental, podría decirse), sino a cambios en los paradigmas económicos y sociales, de tal magnitud que ahora sí producirán innovaciones disruptivas y radicales en nuestra actividad. Estamos en tiempos de la Cuarta Revolución
Industrial, y la única pregunta relevante es cómo y cuánto impactará en el ejercicio de la abogacía. Mi opinión, que trataré de explicar en los puntos subsiguientes, es que los procesos de innovación disruptivos están llegando a nuestra profesión y forzarán cambios drásticos, no solo en la materia, sino en la forma de su ejercicio, los modelos de compensación y los modos de interacción con el cliente.

Algunos son de impacto directo, como la tecnología blockchain (por ejemplo, en la registración de boletos de compraventa), la inteligencia artificial aplicada, los contratos inteligentes, los expedientes y notificaciones electrónicos, las firmas digitales; otros indirectos, como el
cambio de la dinámica de los negocios, las empresas, sus bienes y servicios globalizados, y los clientes, sus nuevas necesidades y preferencias.

Estos cambios llegan desde el mercado a la profesión, y el período de transición ya comenzó. Si bien no soy partidario de visiones apocalípticas ni dramáticas sobre el futuro de nuestra profesión, estoy convencido de que los abogados nos veremos obligados a transformar de manera significativa nuestra práctica.

Los abogados deberán adaptarse al nuevo entorno y a la nueva demanda de los clientes. No me incomoda que los clientes asimilen el asesoramiento profesional a cualquier otro servicio que deciden consumir y que de ello derive un nuevo modelo de interrelación. En adición a las formas, entiendo que nuestra actividad forma parte del mercado y le aplica una máxima que en la literatura encuentra un amplio consenso: todo proceso susceptible de ser digitalizado y automatizado será digitalizado y automatizado.

En otras palabras, querámoslo o no, resistamos o no, estos cambios van a suceder a escala disruptiva. Para sobrevivir, habrá que adaptarse. No será posible resistir la automatización.

Por el contrario, hay que hacer uso de ella, adaptar los modelos de trabajo y enfocarse en aquello que difícilmente los procesos automatizados puedan sustituir: el valor que un abogado agrega a su cliente. I. La innovación disruptiva y el punto de inflexión De acuerdo con un artículo publicado por el World Economic Forum, nos encontramos en medio de la Cuarta Revolución: las nuevas tecnologías y aplicaciones fusionan los
mundos físico, digital y biológico, impactando en todas las disciplinas, economías e industrias. Por el lado de la oferta, está afectando los modelos de negocios; por el de la demanda, el comportamiento de los clientes. Ellos esperan una interacción inmediata y personalizada en su
experiencia como consumidores. No existe un reloj biológico preciso para determinar cuándo la transición que estamos viviendo llegará al punto de inflexión, entendido como el momento en el que las reglas y los modelos cambian de forma drástica; el momento donde determinadas formas ya dejan de valer. Lo que es seguro es que el momento llegará, a más tardar cuando los nativos digitales representen la mayoría del público consumidor o, en nuestro caso, clientela. Quien no esté dispuesto a adaptarse será excluido del mercado en forma directamente proporcional a la virulencia con la que se produzca el cambio en cada rama de actividad, incluyendo la abogacía.

Observando otras industrias, como la del seguro, uno de los últimos grandes sectores en encarar la digitalización de procesos e impulsar procesos de innovación, se entendió que, aunque su mercado hiperregulado, conservador y formalista, con altas barreras de ingreso, siga funcionando bien bajo las reglas tradicionales, estamos aproximándonos, también en este sector, a un punto de inflexión, a un cambio de modelo. ¿Por qué sería diferente para nuestra industria? Las distribuidoras de contenidos musicales tardaron en ver, en el caso “Napster”, que el cambio era inevitable.

La respuesta adaptativa fueron las plataformas en línea que permiten el acceso pago al contenido digital de música. La industria discográfica
pudo resistir a Napster, no al cambio del mercado. Blockbuster falló en ver que su modelo había perimido en perjuicio de los servicios de streaming. Cuando lo advirtió, fue tarde para reconvertirse. Importante es destacar que en estos casos, como en muchos otros, la tecnología ya existía. Lo que cambió, lo que generó el punto de inflexión, en forma de avalancha, fue el cambio en la preferencia de los consumidores. Los bancos y las compañías de seguros a escala mundial entendieron que su cliente va a demandar productos a medida y poder contratarlos por medio de su teléfono móvil, en menos de tres minutos. La tecnología aumenta la eficiencia, permite bajar los costos y con ello los precios. Permite el ingreso de nuevos competidores, que, aunque más pequeños y jóvenes, poseen modelos de negocio basados en forma nativa sobre estos ejes, forzando los límites, impulsando la competencia con estas nuevas armas.

Están progresando bancos digitales sin oficinas físicas, medios de pago alternativos frente a los tradicionales; los médicos y psicólogos están atendiendo por videoconferencia y las historias clínicas se digitalizaron, y por consiguiente los abogados que los asesoran deben conocer estas tecnologías, adecuar contratos y adaptar la forma del asesoramiento a estas modalidades, sus tiempos y desafíos. La batalla del abogado que resista los cambios en defensa del paradigma profesional clásico es anacrónica y dejará de ser viable frente a las nuevas alternativas.

¿Cómo se ve el punto de inflexión y cómo podemos intentar predecirlo? Se afirma que la principal barrera para la innovación significativa en los diferentes mercados no es la capacidad, sino la tolerancia al riesgo de innovar. Cuando cae la aversión al riesgo asociado a la innovación,
se produce el cambio; en otras palabras: cuando los clientes ya no rindan homenaje a las convenciones establecidas, asuman riesgos calculados, los negocios se celebren de otras formas y respecto a nuevos bienes y servicios. La literatura económica diría que es el momento
en el cual el valor esperado de la innovación supera el costo esperado de cambiar el modelo.

Los clientes van a demandar nuevas formas de asesoramiento y deberemos competir con soluciones automatizadas, como los contratos inteligentes, los procesos automatizados que desintermedien a los agentes tradicionales, como los bancos centrales en el caso de las criptomonedas, o nuestro Banco Central en las empresas tecnológico-financieras, que a mi criterio, en forma acertada, seguirán en avanzada. Se simplifican los procesos
y el lenguaje, transparentando la participación del administrado en procesos formales ante la Administración, sea en licitaciones o solicitando habilitaciones municipales mediante la plataforma de Trámites a Distancia, los expedientes electrónicos, accediendo a notificaciones de
manera remota e instantánea, etc. Crecerá la confianza y la adopción de soluciones de validación digital de procesos, firmas y trámites. Todo bajo el precepto general, el signo de los tiempos: eficientizar los costos y los tiempos.

Las nuevas generaciones, los nativos digitales, ya han crecido bajo un paradigma muy distinto, dominado por la inmediatez, un idioma simplificado (que algunos reducen a neologismos y anglicismos, en un ejercicio que hace equilibrio entre la sobre-simplificación y un distanciamiento
defensivo), la velocidad por encima de las formas, sin perder calidad ni precisión. “Aunque la materia y las formas sean novedosas, la experiencia es tan irremplazable como intransmisible en una profesión focalizada en el cliente, con su conjunto de intereses y
circunstancias particulares. Veremos dos curvas que tenderán a cruzarse: los jóvenes abogados acostumbrados a las tecnologías y nuevas formas que estarán sumando experiencia y los profesionales experimentados que se adapten a las nuevas formas y desafíos.

Lo interesante será que en el punto de encuentro de ambas curvas, el cliente podrá elegir entre dos alternativas competitivas”. En tal sentido, desde el lado de la oferta, solo han comenzado a surgir compañías tecnológicas que examinarán las cadenas de valor completas de procesos, implementando procesos de gestión en materia jurídica, tanto de estudios de abogados como de gestión de asuntos legales para empresas, modelos contractuales, contratos inteligentes, gestión de reclamos masivos y carteras de procesos, auditorías, perfil crediticio, etc. Facilitarán el
acceso a profesionales especializados en todo el país e Abogados 2020 LA LEY 9 internacionalmente, implementarán consultas jurídicas
remotas y en algún caso respuestas robotizadas, que, aun sin violar las normas del ejercicio de la profesión, prestarán menos atención a la forma y estructura histórica de nuestra industria. Tesla, Netflix y ciertamente casos más polémicos como el de las empresas Uber o Airbnb
ya lo están haciendo. Es cuestión de que las empresas de impacto y escala lleguen a nuestra industria y habrá que saber competir.

“El abogado posee una cualidad que se vislumbra difícil de reemplazar: utilizar sus conocimientos técnicos sumados a su experiencia profesional, en un escenario de incertidumbre y asimetría de la información”. II. El valor que un abogado agrega a su cliente No veo útil el debate respecto a si la inteligencia artificial algún día va a reemplazar por completo el asesoramiento profesional. No es objeto de este artículo entrar en debates regulatorios. A estos efectos, entiendo como una asunción útil presumir que el mercado, si adopta una innovación
disruptiva generalizada, confirmará tal solución como uso jurídico o económico relevante, y encontrará siempre formas de sostenerse, aunque estire los preceptos del art. 1º del Cód. Civ. y Com. Solo es una cuestión de tiempo. La cuestión teórica central es si la inteligencia artificial (incluyendo, a efectos de simplificación, el aprendizaje de las máquinas, algoritmos predictivos aplicados a big data, robótica y otras tecnologías) puede reemplazar a un abogado. La respuesta es, en este caso, clásica: sí y no. Sí, en cuanto a determinados procesos, como colección y ordenamiento de datos, tales como leyes o códigos. Un robot puede sin mayores problemas aprender a contestar preguntas concretas y específicas sobre leyes, artículos, jurisprudencia, reglamentaciones. Muchos clientes consultan directamente en los buscadores de internet,
acceden a información, guías, modelos, ejemplos y explicaciones de fuente privada y pública. Las computadoras pueden almacenar e indexar miles de contratos predispuestos, modelos de demandas y reclamos. Un robot puede responder en forma escrita, por chat y, aun sin superar
el test de Turing, está aprendiendo a hacerlo de manera verbal con mayor fluidez y naturalidad. Los contratos inteligentes
funcionan dentro de determinados parámetros establecidos y con variaciones predictibles y estimables.

Un ejemplo son los seguros de transporte marítimo, que reajustan la prima de riesgo según la peligrosidad de la ruta, utilizando geolocalización y blockchain. Para estos casos, las soluciones automatizadas pueden implicar una solución rápida y eficiente, superando al humano por mera
capacidad de cálculo, velocidad y costo. Esto significa que, en la medida en que estas soluciones sean implementadas, el abogado (a quien estas tecnologías también auxilian) deberá especializarse en otros aspectos, aquellas tareas que no pueden ser reducidas a patrones de ingreso de datos
con resultados parametrizables y objetivamente verificables.

El abogado posee una cualidad que se vislumbra difícil de reemplazar: utilizar sus conocimientos técnicos sumados a su experiencia profesional, en un escenario de incertidumbre y asimetría de la información. En su experiencia incluyo su conocimiento de la materia, la cultura
de su ambiente profesional, mercado, idiosincrasia, conocimiento de las preferencias y objetivos primarios y marginales de su cliente y el tipo de asesoramiento que puede necesitar en diferentes momentos de su quehacer. Es un mercado en que el entendimiento de una norma no es lineal,
sino que depende de un gran número de factores exógenos fuera de su control, en el cual la efectiva solución sobre la que puede asesorar está basada en su conocimiento técnico y experiencia; en definitiva, una intuición educada y a la medida de las necesidades de un cliente en particular, un cálculo de posibles riesgos que considere factores duros y blandos, que aplique inteligencia y creatividad al servicio de los intereses de su cliente. Es allí donde el abogado generará un valor diferencial. Aunque la materia y las formas sean novedosas, la experiencia es tan irremplazable como intransmisible en una profesión focalizada en el cliente, con su conjunto de intereses y circunstancias particulares. A ello se suma, en mi experiencia, que resulta progresivamente de mayor importancia poder colaborar de manera interdisciplinaria, con empatía, pensamiento creativo, lateral y claro, y capacidad de utilizar las tecnologías que los clientes prefieren como herramientas de trabajo o comunicación.

La innovación traerá también efectos positivos en sentido de horizontalizar la práctica, facilitar el acceso y difusión de diferentes propuestas profesionales. En tal sentido, me parece bienvenido que los jóvenes abogados cuenten con nuevos recursos para competir en un mercado que irá depurando las propuestas que sepan canalizar mayor valor agregado. En definitiva, veremos dos curvas que tenderán a cruzarse: los jóvenes abogados, acostumbrados a las tecnologías y nuevas formas, que estarán sumando experiencia, y los profesionales experimentados
que se adapten a las nuevas formas y desafíos.

Lo interesante será que, en el punto de encuentro de ambas curvas, el cliente podrá elegir entre dos alternativas competitivas, eligiendo cuál es la que ofrece mayor valor para su situación particular en ese momento. La Ley de Conservación de la Materia, conocida como la Ley de Lavoisier-Lomonósov, establece que, durante una reacción química ordinaria, la masa total en el sistema permanece constante, es decir, la masa consumida
de los reactivos es igual a la masa de los productos obtenidos. Abusando de la analogía, los abogados que se adaptan a las reacciones que causarán las innovaciones no se pierden, se transforman.

Cita on line: AR/DOC/2771/2019

¨La profesión y la tecnología. Los abogados no se pierden, se transforman». Colaboración en publicación La Ley. Abogados 2020. Thomson Reuters. Agosto 29 de 2019.