Categorías
COVID-19

EL BCRA EMITIÓ LA COMUNICACIÓN «A» 6949 QUE ESTABLE LA PRORROGA DE PROHIBICIÓN DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN SUCURSALES. – 30.3.2020.

A la luz de los desafíos presentados por la emergencia sanitaria en cuanto a la operatividad de entidades bancarias y financieras y sus usuarios, el BCRA emitió la Comunicación “A” 6949 el 30 de marzo 2020 que modifica la Comunicación “A” 6942 del 20 de marzo 2020. Many historians have found a https://casillascontracting.us/gentlemens-club-near-mohegan-sun-casino/ connection between the risk-taking involved with gambling and the adventurous spirit of early European settlers and frontiersman in America. La nueva Comunicación establece la prórroga hasta el 12 de abril de 2020 de la prohibición de atención al público en las sucursales. Free spins make https://tpashop.com/where-to-play-pai-gow-poker-in-vegas/ for an excellent standalone treat and a perk that everyone will appreciate. Durante este período las entidades deben permitir continuar operando en forma remota, permitir la extracción de dinero por puntos extrabancarios y garantizar provisión de dinero en cajeros automáticos. Asimismo se mantienen operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación y todos los medios de pago electrónicos y la operatoria remota de bolsas de valores y mercados autorizados por CNV, Caja de Valores y agentes registrados en CNV.

Como excepción a la prohibición de apertura de sucursales se permite la apertura exclusivamentepara atención a jubilados y pensionados integrantes del SIPA o del ente administrador correspondiente en jurisdicciones provinciales o de CABA, como también a beneficiarios de planes o programas de ayuda abonados por ANSES u otro entre administrador de pagos. Dicha excepción queda sujeta a los horarios bancarios hábiles de jornada habitual y al estricto cumplimiento de las medidas sanitarias de limpieza y seguridad establecidas. With over different slots games, card games, live casino options, dice games, and exclusive progressive jackpot https://tpashop.com/agua-caliente-casino-rancho-mirage-phone-number/ slots.  A su vez, establece la garantía de operatoria a través del SIOPEL de las operaciones cambiarias mayoristas y de las licitaciones de Letras de Liquidez.

Préstamos bancarios: la nueva Comunicación dispone que los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras que operen a partir del 1 de abril al 30 de junio de 2020 no podrán devengar intereses punitorios, sólo los intereses compensatorios establecidos contractualmente. Legal online sports betting has been a https://tpashop.com/the-westgate-las-vegas-resort-casino-logo-png/ reality in the US for almost two years now. En caso de saldos impagos de asistencias crediticias otorgadas por entidades financieras, excluidas las tarjetas de crédito, que operen entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020, la entidad deberá incorporar dicha cuota en el mes siguiente al final de la vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio.

Tarjetas: En los resúmenes de cuenta de tarjetas de crédito que reciban los usuarios a partir del 1 de abril de 2020 no podrá establecerse una tasa nominal anual superior al 49%.

Las financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito, que venzan entre el 1 y el 12 de abril 2020 podrán ser cancelados por los clientes el día 13 de abril por el importe del resumen y sin ningún recargo.

Asimismo, el BCRA dispone que las entidades financieras deberán adoptar las medidas necesarias a fin de habilitar buzones de depósito, y un sistema de recepción de efectivo por montos mayores en todas sus sucursales. Roulette Strategy Find the roulette strategy that will help you beat the https://kellyrobbins.net/little-creek-casino-car-show-2020/ house.

Por último, el BCRA dispone que las Sociedades de Garantía Recíproca cuyas garantías son consideradas como preferidas a la fecha de la presente comunicación –conforme a las normas sobre “Sociedades de Garantía Recíproca (Art. 80 de la Ley 24.467)” – que incumplan los límites establecidos en los puntos 2.1.1. y/o 2.2. de las citadas normas no serán dadas de baja del Registro habilitado en la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) en la medida que no excedan los límites establecidos en las disposiciones emitidas por la autoridad de aplicación de la Ley 24.467 y sus modificatorias.

* * *

Cordialmente,

Equipo Elzen Abogados